Villa María: eximen del OIM a comercios afectados por la pandemia  

Municipios 08 de julio de 2021 Por Redacción
Los comercios pueden solicitar la eximición de OIM a través de la página web del municipio. Sigue vigente su suspensión por el lapso de un año para los contribuyentes de los rubros más afectados.
REGION OBJETIVO FOTO VILLA MARIA OIM
El trámite para la eximición se hace en la web municipal. Foto: Prensa Municipalidad de Villa María.

La Municipalidad de Villa María interviene contribuyendo a reducir el impacto económico generado en diversos sectores tras las restricciones vigentes en el marco del actual contexto sanitario. En este sentido, a través de la página web del municipio los integrantes de los grupos habilitados podrán completar el formulario y solicitar la eximición de la tasa que se aplica sobre el consumo energético, adjuntando una factura del servicio eléctrico donde se visualice su número de cuenta. De esta manera, quienes pasen a formar parte del registro quedarán desvinculados del pago de este tipo de contribuciones por el periodo aprobado.

Entre los rubros que se encuentran eximidos del OIM, se destacan los de hotelería, turismo, salones de fiesta y eventos, servicios de esparcimiento, gimnasios y academias de gimnasia, gastronomía y transporte. De igual manera, serán poseedores del beneficio aquellos sectores que se desempeñan en las tareas de guarderías, kioscos, peluquerías, pedicurías, agencias de taxis y remises.

Cabe destacar que las eximiciones concretadas se enmarcan en el decreto del Ejecutivo que fue ratificado por unanimidad por el Concejo Deliberante, con el objetivo de administrar correctamente los fondos públicos para hacer un uso eficiente de los mismos en el marco de la gestión de la pandemia.

Desde el municipio se aclaró también que aquellos rubros de actividades no habilitadas también gozarán de la baja del pago de contribuciones sobre la actividad comercial, industrial y de servicios con diferentes formas de aplicación de acuerdo a criterios establecidos. Esto se hará por todo el periodo de su inhabilitación para desarrollar la actividad, retomando el beneficio desde marzo 2021 con carácter retroactivo.

Al mismo tiempo, las suspensiones de pago se extienden a las actividades comerciales, industriales y de servicios para los contribuyentes de los sectores afectados por la pandemia para el mes de mayo 2021 y junio, alcanzando a gastronómicos, transporte, hotelería y turismo, salones de eventos y afines y espacios deportivos. De igual manera, será aplicada a todos los contribuyentes inscriptos con monotributo de categorías A, B y C para el mes de mayo y junio 2021.

 

 

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