San Francisco: el municipio y la Provincia intercambiarán información tributaria

General19 de enero de 2024 Por Redacción
El Gobierno de Córdoba y la Municipalidad de San Francisco acordaron intercambiar información tributaria, a partir de la firma de un convenio que tiene como objetivo mejorar la recaudación impositiva.
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Autoridades provinciales y de San Francisco suscribieron el acuerdo.Foto: prensa.cba.gov.ar

El ministro de Economía y Gestión Pública, Guillermo Acosta, y el intendente de San Francisco, Damián Bernarte, suscribieron un acuerdo que permitirá la gestión de datos conjunta por parte de la Provincia y el municipio, apuntando a mejorar la recaudación.

Este jueves se firmó en el Centro Cívico de Córdoba el convenio para intercambiar información tributaria y coordinar acciones conjuntas de verificación y fiscalización. De la firma participó también el secretario de Ingresos Públicos, Gerardo Pintucci.

En concreto, se crea un mecanismo para optimizar la detección de titulares y extensiones de inmuebles, las correctas altas y bajas de automóviles y el nivel de actividad de comercios, empresas o industrias para lograr una mejor gestión, control y coherencia de los datos que se le aportan a la Provincia y al municipio.

“Este trabajo de entrecruzamiento de información, capacitación y asistencia técnica que venimos desarrollando junto a los municipios es fundamental para ayudarlos a mejorar su recaudación y, en consecuencia, brindarles mejores servicios a los vecinos”, afirmó el ministro Acosta al referirse a la importancia de este tipo de acuerdos.

Por su parte, Bernarte consideró que “este convenio de colaboración que hoy firmamos con la Provincia, le permitirá a la Municipalidad de San Francisco hacer más eficientes los procesos de recaudación y por eso nos sentimos orgullosos de ser parte de un Gobierno provincial que hace honor al concepto de federalismo”.  

El acuerdo compromete a las partes a apoyar las tareas de capacitación que sean necesarias, prestar asistencia técnica mutua, coordinar operativos conjuntos de control y fiscalización entre otras obligaciones.

Además, el texto establece que no se “afectará la autonomía de las partes para definir la política tributaria y de gestión en la órbita de su competencia o para ejercer el contralor particular de los tributos que a cada una le corresponde aplicar, percibir, fiscalizar, verificar y/o recaudar”.

 

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