
Villa María: el municipio entregará subsidios no reembolsables a varios sectores
Redacción
Tal como lo había anunciado días atrás el intendente interino, Pablo Rosso, junto a la secretaria de Economía y Modernización, Daniela Lucarelli, a representantes de las cámaras comerciales, se puso en marcha un nuevo programa de refuerzo de asistencia a sectores gastronómicos y otras actividades alcanzadas por las restricciones para el cuidado de la salud.
Se trata de un paquete de medidas en donde destaca un subsidio no reembolsable de hasta 100.000 pesos para contribuyentes inscriptos en la contribución que incide sobre la actividad comercial, industrial y de servicios cuyas actividades principales forman parte de los rubros restaurantes y cantinas, bares, bares nocturnos, cervecerías, cafés y similares de más de 10 mesas.
Asimismo, el programa exime del pago de la contribución sobre la actividad comercial, industrial y de servicios correspondiente a las liquidaciones de mayo y junio del 2021, no solo a gastronómicos sino también a rubros del transporte, hotelería y turismo, salones de eventos y afines y espacios deportivos.
De igual manera, se exime también del pago de esa tasa a salones de eventos infantiles y de fiestas, jardines y guarderías maternales, cines y teatro a partir de abril de 2021 y por todo el período de la inhabilitación para desarrollar la actividad.
Tanto gastronómicos como otros rubros, entre los cuales están los mencionados con anterioridad, academias de gimnasia y gimnasios, kioscos, peluquerías, pedicurías y agencias de taxis y remises, también quedaron eximidos del OIM por el término de un año a partir de abril de 2021.
Por último, el programa de refuerzo también exime del pago de la contribución que incide sobre la actividad comercial, industrial y de servicios para todos los contribuyentes inscriptos con monotributo categoría A, B y C para el mes de mayo y junio 2021.
Para solicitar estos beneficios, se deberá completar el formulario al que se accede desde la página web del municipio https://www.villamaria.gob.ar hasta el día 25 de junio.
Los requisitos son estar inscriptos en la contribución que incide sobre la actividad comercial, industrial y de servicios, que la actividad principal desarrollada se encuentre incluida en las reguladas para cada beneficio y tener cumplimentado el deber formal de "Presentación de Declaraciones Juradas" en la mencionada tasa hasta el período 4/2021.
Otros parámetros evaluados por el municipio para otorgar el beneficio a quien lo requiera, tienen que ver con el factor ocupacional, la antigüedad, cantidad de empleador, consumos energéticos, cumplimiento a las restricciones establecidas, entre otros.


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